Cómo liquidar un seguro tras el terremoto

Para hacer efectivo el pago, los asegurados deben realizar la denuncia en las oficinas de la compañía o a través de los corredores.

2 de marzo de 2010
ComparaOnline.com
El pago del seguro no debe exceder los 90 días.

El pago del seguro no debe exceder los 90 días.

La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) informó que las personas que tengan aseguradas tanto sus viviendas como sus autos y que hayan resultado afectadas por daños materiales a consecuencia del terremoto, para hacer efectivo el seguro deberán realizar la denuncia a la compañía de seguros, ya sea directamente en las oficinas o a través de los corredores respectivos cuanto antes.

Además precisó que en Chile no se venden seguros sólo para terremotos. “Las coberturas contra sismos o terremotos operan como opciones adicionales al seguro de incendio. Por ello, en caso de que las personas afectadas no tengan claro si sus pólizas contemplan esta cobertura especial, pueden dirigirse a la compañía de seguros, corredor de seguros, banco u otra entidad de crédito, en caso de que tengan un crédito hipotecario”.

Pero, ¿cómo cobrar el seguro y en qué plazos?

Para liquidar el seguro, lo primero es ir a la compañía o al corredor a hacer la denuncia del siniestro e iniciar el proceso que tiene por objetivo determinar la ocurrencia del hecho, es decir, si éste se encuentra amparado por la cobertura del seguro contratado y, en caso de que sea así, la determinación de la indemnización a pagar.

La liquidación puede efectuarla directamente la compañía o bien encomendarla a un liquidador de seguros. La decisión debe comunicarse al asegurado dentro del plazo de tres días hábiles contados desde la fecha de la denuncia del siniestro.

Por otra parte, de acuerdo a las normas de la Superintendencia, la liquidación y el pago del seguro no debe exceder los 90 días desde la fecha de la denuncia. Este plazo se puede prorrogar sólo en casos fundados.

Si terminado el proceso consideras que tus derechos no fueron respetados, puedes formular una queja o reclamo en la misma SVS o bien iniciar un juicio civil.


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